En varios casos, las transacciones pueden efectuarse por un intermediario sin que sepaslo. Por ejemplo, cuando una persona busca un seguro, compra un auto nuevo o desea invertir una suma de dinero. Han consultado a bancos y a intermediarios financieros y de seguros sin que ellos lo sepan. El papel del intermediario es presentar, recomendar y vender contratos en nombre del asegurador, del banco o de la institución financiera.
¿Cuáles son los tipos de intermediarios de seguros existentes?
Existen 2 tipos de intermediarios: el corredor y los mandatarios.
- los corredores venden contratos para varias compañías; el intermediario, cuando busca una inversión financiera, por ejemplo, es un asesor en inversión financiera, y ofrece inversiones de diferentes establecimientos.
- los mandatarios, en cambio, venden productos para una sola compañía. El intermediario, cuando busca un seguro, es un mandatario Agente general de seguros, que representa a una sola aseguradora y le propone sus productos. Un concesionario que ofrece un crédito para comprar su coche también es un intermediario mandatario en banca.
Pero existen otros intermediarios, ya sea corredor o mandatario, que operan en actividades secundarias a las que no se piensa. Un gran almacén que ofrece créditos, ciertos sitios web comparadores de precios o incluso el servicio de seguros de funerarias.
¿Qué expectativas se pueden tener de estos intermediarios?
Más importante aún, están obligados a brindar asesoramiento para entregar un contrato que convenga al cliente. Deben interrogar al cliente sobre su situación y sus necesidades.
También deben entregar informes de entrevista sobre los contratos adecuados y sus costos, y confirmar cualquier acuerdo con su firma.
Pero atención, antes de firmar con un intermediario, es importante verificar que:
- posea un seguro de responsabilidad civil profesional para ser indemnizado en caso de perjuicio
- tenga una fianza bancaria si cobra el pago de un contrato realizado en nombre de otra compañía
- justifique títulos, formación y experiencia profesional apropiada
- No haya sido condenado por delitos financieros o delitos graves
¿Cómo saber si un intermediario cumple con sus obligaciones?
Primero, verificando su inscripción en ORIAS, el registro único de intermediarios en seguros, banca y finanzas. Al igual que un médico debe estar inscrito en el colegio de médicos para ejercer, un intermediario debe estar inscrito en ORIAS para actuar. Tiene un número de registro que debe incluir en sus menciones legales y en todos sus documentos; de lo contrario, verifica la inscripción de tu intermediario en Orias.fr.
¿Qué es un mandatario intermediario de seguros?
La noción de mandatario de intermediario de seguros, también llamado MIA. Este término surgió con la transposición de la directiva de intermediación de seguros de 2002. Puede ser una persona física o una persona moral, mandatada por un agente general, un corredor de seguros o también un mandatario de seguros. Con este rol, el MIA no trabaja directamente con un asegurador.
¿Existen condiciones de acceso a la profesión?
Sí, el mandatario de intermediario es un intermediario de seguros. Por lo tanto, debe cumplir con todas las condiciones de acceso a la profesión, incluyendo la capacidad profesional, la honorabilidad y, por supuesto, estar inscrito en ORIAS bajo el estatuto de MIA. Esta inscripción puede ser realizada por el propio mandatario o por su mandante.
¿Cuáles son los puntos de vigilancia respecto a estas condiciones de acceso?
Hay dos puntos de vigilancia respecto a las condiciones de acceso:
- La suscripción de una responsabilidad civil profesional: Existen dos escenarios en los que el código de seguros exime al MIA de esta suscripción. En el primer caso, el corredor que lo encarga le proporciona este seguro o una garantía equivalente. En el segundo caso, el mandante asume toda la responsabilidad por los actos de su MIA. En la práctica, el corredor que trabaja con un MIA puede declararlo a su aseguradora de responsabilidad civil profesional. Sin embargo, esto implica algunas obligaciones, incluido emitirle una certificación anual de seguro.
- La suscripción de una garantía financiera: contrario a la creencia popular, la emisión de un mandato de cobro por parte del corredor a su mandatario no los exime de esta obligación; solo la entrega de un mandato expreso por parte de la compañía al mandatario permite eximirlo.
¿Qué funciones puede realizar en su nombre?
Las funciones que realiza un mandatario de intermediario están estrictamente reguladas por el código de seguros. Como intermediario, puede realizar todas las acciones de distribución, es decir:
- Brindar recomendaciones sobre un contrato de seguros
- Presentar, proponer, ayudar en la conclusión
- Llevar a cabo trabajos preparatorios para esta conclusión
Un agente intermediario también puede facturar primas; pero, atención, salvo excepciones y bajo una vigilancia estricta, no puede realizar acciones de gestión.
¿Es propietario de sus asuntos el mandatario?
El mandatario de intermediario ejerce en nombre y por cuenta de su mandante. Por ello, no constituyen una cartera propia. En otras palabras, el mandatario de intermediario no es propietario de los asuntos que debe gestionar; es el mandante quien los posee.
¿Cuáles son los puntos de vigilancia en una asociación con un MIA?
En un acuerdo con un MIA, los intermediarios deben estar atentos a ciertos puntos.
- La distribución de responsabilidades entre el corredor y su MIA: Aquí hay que distinguir la responsabilidad civil de la responsabilidad regulatoria. Respecto a la responsabilidad civil y conforme a la regulación, el mandante es responsable civil de los actos de su mandatario intermedio actuando en esta calidad. En cuanto a la responsabilidad regulatoria, el principio es el hecho personal, por lo tanto, el mandatario responderá únicamente por las infracciones regulatorias ante la autoridad de control.
- La independencia del MIA: el mandatario intermedio actúa en nombre y por cuenta de su mandante. Sin embargo, sigue siendo un profesional independiente, con obligaciones propias como cualquier intermediario de seguros. Debe presentarse ante el cliente, proporcionar asesoramiento y elaborar su propia papelería en membrete. Cuidado con la tentación para el corredor mandante de querer controlar todo, por ejemplo, imponiéndole usar el membrete de su despacho o concediéndole una presencia sistemática en la oficina de corretaje. El riesgo sería, en primer lugar, que el mandato se reconfigure como un contrato laboral y, en segundo lugar, que la ACPR atribuya la responsabilidad regulatoria al corredor debido al alto grado de control ejercido sobre su MIA. La jurisprudencia sobre este asunto es muy estricta y concreta.
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